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Legislación › Real Decreto 1024/1984, de 23 de mayo, por el que se aprueban las Reales Ordenanzas de la Armada.

Art. 388.

Art. 388.

Comprobará si todos los servicios se montan de acuerdo con las órdenes e instrucciones en vigor, y resolverá cualquier incidencia. Recibirá las novedades que se produzcan e informará de ellas y de las providencias tomadas a los Mandos que corresponda.

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