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Legislación › Real Decreto 1137/1984, de 28 de marzo, por el que se aprueba la Reglamentación Técnico-Sanitaria para la Fabricación, Circulación y Comercio del Pan y Panes Especiales.

Art. 9 bis. Requisitos de los locales en los que se realice la cocción de productos semielaborados.

Art. 9 bis. Requisitos de los locales en los que se realice la cocción de productos semielaborados.

(Derogado)

Se deroga por el art. 31 del Real Decreto 176/2013, de 8 de marzo. BOE-A-2013-3402.

Se añade por el art. único.9 del Real Decreto 285/1999, de 22 de febrero. BOE-A-1999-4412.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
30 de marzo de 2013 En vigor BOE-A-2013-3402 Leer Qué cambió
24 de febrero de 1999 BOE-A-1999-4412 Leer

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