Legislación › Real Decreto 1137/1984, de 28 de marzo, por el que se aprueba la Reglamentación Técnico-Sanitaria para la Fabricación, Circulación y Comercio del Pan y Panes Especiales.
Art. 9 bis. Requisitos de los locales en los que se realice la cocción de productos semielaborados.
Art. 9 bis. Requisitos de los locales en los que se realice la cocción de productos semielaborados.
(Derogado)
Se deroga por el art. 31 del Real Decreto 176/2013, de 8 de marzo. BOE-A-2013-3402.
Se añade por el art. único.9 del Real Decreto 285/1999, de 22 de febrero. BOE-A-1999-4412.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 30 de marzo de 2013 En vigor | BOE-A-2013-3402 | Leer | Qué cambió |
| 24 de febrero de 1999 | BOE-A-1999-4412 | Leer |


