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Legislación › Ley 8/1984, de 3 de julio, de Reforma Agraria.

Artículo 7.

Artículo 7.

Se crea el Instituto Andaluz de Reforma Agraria, en lo sucesivo IARA, adscrito a la Consejería de Agricultura y Pesca, como Organismo Autónomo de la Junta de Andalucía. Su estructura y funcionamiento, salvo lo previsto en la presente Ley, se determinarán reglamentariamente.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
27 de noviembre de 2010 En vigor BOE-A-2010-90060 Leer Qué cambió
26 de julio de 1984 Texto original Leer

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