Legislación › Ley 8/1984, de 3 de julio, de Reforma Agraria.
Artículo 7.
Artículo 7.
Se crea el Instituto Andaluz de Reforma Agraria, en lo sucesivo IARA, adscrito a la Consejería de Agricultura y Pesca, como Organismo Autónomo de la Junta de Andalucía. Su estructura y funcionamiento, salvo lo previsto en la presente Ley, se determinarán reglamentariamente.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 27 de noviembre de 2010 En vigor | BOE-A-2010-90060 | Leer | Qué cambió |
| 26 de julio de 1984 | Texto original | Leer |


