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Legislación › Ley 8/1984, de 3 de julio, de Reforma Agraria.

Artículo 7.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 26 de julio de 1984 y la del 27 de noviembre de 2010. El texto es el mismo. Volver al texto en vigor

Artículo 7.
Se crea el Instituto Andaluz de Reforma Agraria, en lo sucesivo IARA, adscrito a la Consejería de Agricultura y Pesca, como Organismo Autónomo de la Junta de Andalucía. Su estructura y funcionamiento, salvo lo previsto en la presente Ley, se determinarán reglamentariamente.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
27 de noviembre de 2010 En vigor BOE-A-2010-90060 Leer Qué cambió
26 de julio de 1984 Texto original Leer

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