Legislación › Ley 8/1984, de 3 de julio, de Reforma Agraria.
Artículo 7.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 26 de julio de 1984 y la del 27 de noviembre de 2010. El texto es el mismo. Volver al texto en vigor
Artículo 7.
Se crea el Instituto Andaluz de Reforma Agraria, en lo sucesivo IARA, adscrito a la Consejería de Agricultura y Pesca, como Organismo Autónomo de la Junta de Andalucía. Su estructura y funcionamiento, salvo lo previsto en la presente Ley, se determinarán reglamentariamente.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 27 de noviembre de 2010 En vigor | BOE-A-2010-90060 | Leer | Qué cambió |
| 26 de julio de 1984 | Texto original | Leer |


