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Legislación › Real Decreto 1521/1984, de 1 de agosto, por el que se aprueba la Reglamentación Técnico-Sanitaria de los Establecimientos y Productos de la Pesca y Acuicultura con Destino al Consumo Humano.

Artículo 27. Lista de aditivos.

Artículo 27. Lista de aditivos.

(Derogado)

Se deroga por la disposición derogatoria única.32 del Real Decreto 145/1997, de 31 de enero. BOE-A-1997-6156.

Se derogan los colorantes del párrafo a), apartado 1 por la disposición derogatoria única.20 del Real Decreto 2001/1995, de 7 de diciembre. BOE-A-1996-1387.

Se modifica el apartado 3 por el art. 2.6 del Real Decreto 645/1989, de 19 de mayo. BOE-A-1989-13355.

Se modifica el apartado 5 por el art. 1 de la Orden de 18 de marzo de 1988. BOE-A-1988-8487.

Se modifica por el art. 1 de la Orden de 24 de enero de 1985. BOE-A-1985-2217

Redactado conforme a la corrección de errores publicada en BOE núm. 72, de 25 de marzo de 1985. BOE-A-1985-4767.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
23 de marzo de 1997 En vigor BOE-A-1997-6156 Leer Qué cambió
23 de enero de 1996 BOE-A-1996-1387 Leer Qué cambió
3 de julio de 1989 BOE-A-1989-13355 Leer Qué cambió
5 de abril de 1988 BOE-A-1988-8487 Leer Qué cambió
5 de febrero de 1985 BOE-A-1985-2217 Leer Qué cambió
11 de septiembre de 1984 Texto original Leer

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