Legislación › Real Decreto 1521/1984, de 1 de agosto, por el que se aprueba la Reglamentación Técnico-Sanitaria de los Establecimientos y Productos de la Pesca y Acuicultura con Destino al Consumo Humano.
Artículo 27. Lista de aditivos.
Artículo 27. Lista de aditivos.
(Derogado)
Se deroga por la disposición derogatoria única.32 del Real Decreto 145/1997, de 31 de enero. BOE-A-1997-6156.
Se derogan los colorantes del párrafo a), apartado 1 por la disposición derogatoria única.20 del Real Decreto 2001/1995, de 7 de diciembre. BOE-A-1996-1387.
Se modifica el apartado 3 por el art. 2.6 del Real Decreto 645/1989, de 19 de mayo. BOE-A-1989-13355.
Se modifica el apartado 5 por el art. 1 de la Orden de 18 de marzo de 1988. BOE-A-1988-8487.
Se modifica por el art. 1 de la Orden de 24 de enero de 1985. BOE-A-1985-2217
Redactado conforme a la corrección de errores publicada en BOE núm. 72, de 25 de marzo de 1985. BOE-A-1985-4767.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 23 de marzo de 1997 En vigor | BOE-A-1997-6156 | Leer | Qué cambió |
| 23 de enero de 1996 | BOE-A-1996-1387 | Leer | Qué cambió |
| 3 de julio de 1989 | BOE-A-1989-13355 | Leer | Qué cambió |
| 5 de abril de 1988 | BOE-A-1988-8487 | Leer | Qué cambió |
| 5 de febrero de 1985 | BOE-A-1985-2217 | Leer | Qué cambió |
| 11 de septiembre de 1984 | Texto original | Leer |


