LexTotal

Legislación › Ley 6/1984, de 5 de julio, del Presidente y del Consejo de Gobierno del Principado de Asturias.

Artículo 36.

Artículo 36.

El nombramiento y cese de los Consejeros será comunicado de forma inmediata por el Presidente a la Junta General.

← Artículo 35 Índice Artículo 37 →