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Legislación › Ley 6/1984, de 29 de octubre, sobre protección y fomento de las especies forestales autóctonas.

Artículo 42.

Artículo 42.

Si por la Consejería se consideraran injustificadas las razones alegadas para la corta de ejemplares incluidos en el Inventario, podrá denegar la corta de los mismos.

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