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Legislación › Real Decreto 2242/1984, de 26 de septiembre, por el que se aprueba la Reglamentación técnico-sanitaria para la elaboración, circulación y comercio de condimentos y especias.

Art. 14. Aditivos.

Art. 14. Aditivos.

(Derogado)

Se deroga por el art. 34 del Real Decreto 176/2013, de 8 de marzo. BOE-A-2013-3402.

Se derogan apartados 1.1, 2.2 a 7, 3.2 y 3.3 por la disposición derogatoria única.48 del Real Decreto 145/1997, de 31 de enero. BOE-A-1997-6156.

Se derogan los apartados 2.1 y 3.1 por la disposición derogatoria única.8 del Real Decreto 2001/1995, de 7 de diciembre. BOE-A-1996-1387.

Redactado conforme a la corrección de errores publicada en BOE núm. 89, de 13 de abril de 1985. BOE-A-1985-5824.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
30 de marzo de 2013 En vigor BOE-A-2013-3402 Leer Qué cambió
23 de marzo de 1997 BOE-A-1997-6156 Leer Qué cambió
23 de enero de 1996 BOE-A-1996-1387 Leer Qué cambió
22 de diciembre de 1984 Texto original Leer

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