Legislación › Ley 5/1983, de 30 de diciembre, de Gobierno Valenciano.
Art. 41.
Art. 41.
Las resoluciones administrativas de carácter singular no podrán vulnerar lo establecido en una disposición de carácter general, aunque aquéllas tengan grado igual o superior a éstas.
Se renumera como art. 41 por la disposición adicional única de la Ley 12/2007, de 20 de marzo. BOE-A-2007-8281.
Su anterior numeración era art. 48.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 24 de marzo de 2007 En vigor | BOE-A-2007-8281 | Leer | Qué cambió |
| 30 de diciembre de 1983 | Texto original | Leer |


