Legislación › Ley 5/1983, de 30 de diciembre, de Gobierno Valenciano.
Art. 78.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 30 de diciembre de 1983 y la del 7 de marzo de 2002.
Tachado: lo que se quitó (5 palabras). Subrayado: lo que se añadió (5 palabras).
Volver al texto en vigor
Art. 78.
El nivel administrativo se organizará normalmente en Servicios, Secciones áreas, servicios, secciones y Negociados, negociados, pudiendo establecerse otras unidades intermedias cuando así fuere fuese necesario.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 24 de marzo de 2007 En vigor | BOE-A-2007-8281 | Leer | Qué cambió |
| 7 de marzo de 2002 | BOE-A-2002-5573 | Leer | Qué cambió |
| 30 de diciembre de 1983 | Texto original | Leer |


