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Legislación › Ley 5/1983, de 30 de diciembre, de Gobierno Valenciano.

Art. 79.

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Art. 79.
1. En todas las Consejerías, dentro del nivel administrativo Consellerías, y con en la máxima jerarquía del mismo, Presidencia, en su caso, como máximo órgano de nivel administrativo de cada una de ellas, existirá una única Secretaría General Administrativa, bajo dependiente de la dependencia Subsecretaría.
2. Son funciones
de la Secretaría General, que atenderá General Administrativa prestar apoyo directo al titular de la Subsecretaría, y bajo su autoridad atender todos los servicios generales de aquéllas. del Departamento.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
24 de marzo de 2007 En vigor BOE-A-2007-8281 Leer Qué cambió
7 de marzo de 2002 BOE-A-2002-5573 Leer Qué cambió
30 de diciembre de 1983 Texto original Leer

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