Legislación › Ley 5/1983, de 30 de diciembre, de Gobierno Valenciano.
Art. 79.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 30 de diciembre de 1983 y la del 7 de marzo de 2002.
Tachado: lo que se quitó (17 palabras). Subrayado: lo que se añadió (41 palabras).
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Art. 79.
1. En todas las Consejerías, dentro del nivel administrativo Consellerías, y con en la máxima jerarquía del mismo, Presidencia, en su caso, como máximo órgano de nivel administrativo de cada una de ellas, existirá una única Secretaría General Administrativa, bajo dependiente de la dependencia Subsecretaría.
2. Son funciones de la Secretaría General, que atenderá General Administrativa prestar apoyo directo al titular de la Subsecretaría, y bajo su autoridad atender todos los servicios generales de aquéllas. del Departamento.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 24 de marzo de 2007 En vigor | BOE-A-2007-8281 | Leer | Qué cambió |
| 7 de marzo de 2002 | BOE-A-2002-5573 | Leer | Qué cambió |
| 30 de diciembre de 1983 | Texto original | Leer |


