Legislación › Real Decreto 494/1984, de 22 de febrero, por el que se aprueban las Reales Ordenanzas del Ejército del Aire.
Art. 189.
Art. 189.
Cuando la realización de un servicio exija la dirección o coordinación de varios servicios de distinta clase o la ejecución de una o más de las actividades indicadas en el artículo 185, se considerará, a todos los efectos de una sola clase precisamente la preferente de acuerdo con el orden que se establece en el artículo 196.


