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Legislación › Orden de 6 de abril de 1984 por la que se aprueba el papel oficial para expedición de certificaciones literales de asientos del Registro Civil utilizando el sistema de fotocopiadora u otro medio análogo.

Artículo 3.

Artículo 3.

La entrada en vigor de estos impresos será el 1 de junio del año en curso, evitándose cuantas certificaciones literales se expidan con posterioridad a esta fecha en impresos distintos de los aprobados.

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