Legislación › Orden de 6 de abril de 1984 por la que se aprueba el papel oficial para expedición de certificaciones literales de asientos del Registro Civil utilizando el sistema de fotocopiadora u otro medio análogo.
Artículo 3.
Artículo 3.
La entrada en vigor de estos impresos será el 1 de junio del año en curso, evitándose cuantas certificaciones literales se expidan con posterioridad a esta fecha en impresos distintos de los aprobados.


