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Legislación › Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General.

Artículo cincuenta y nueve

Artículo cincuenta y nueve

Por Orden ministerial se fijarán tarifas especiales para los envíos postales de propaganda electoral a las que tendrán derecho a acogerse los partidos concurrentes con un máximo de un envío por elector en cada convocatoria electoral.

Se modifica por la disposición final 4.1 de la Ley Orgánica 3/2015, de 30 de marzo. BOE-A-2015-3441.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de abril de 2015 En vigor BOE-A-2015-3441 Leer Qué cambió
21 de junio de 1985 Texto original Leer

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