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Legislación › Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.

TÍTULO II

TÍTULO II

De los Abogados, Procuradores y Graduados Sociales

Se modifica la rúbrica por el art. único.104 de la Ley Orgánica 7/2015, de 21 de julio. BOE-A-2015-8167.

Se añade por el art. único.125 de la Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre. BOE-A-2003-23644

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de octubre de 2015 En vigor BOE-A-2015-8167 Leer Qué cambió
15 de enero de 2004 BOE-A-2003-23644 Leer

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