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Legislación › Ley 20/1985, de 25 de julio, de prevención y asistencia en materia de sustancias que pueden generar dependencia.

Artículo 15.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 23 de mayo de 1991 y la del 31 de octubre de 2009. Tachado: lo que se quitó (12 palabras). Subrayado: lo que se añadió (60 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 15.
1. a) La promoción pública de bebidas alcohólicas, mediante ferias, exposiciones, muestras y actividades similares, será realizada en espacios diferenciados cuando tenga lugar dentro de otras manifestaciones públicas.
b) En estas actividades de promoción no estarán permitidos ni el ofrecimiento ni la degustación gratuitos de bebidas alcohólicas.
c) Tampoco se permitirá el acceso a menores de edad no acompañados de personas mayores de edad.
2. Se prohíbe la promoción de bebidas alcohólicas realizada en establecimientos, locales y demás espacios autorizados para su suministro y consumo hecha mediante concursos ofertas promocionales, premios, intercambios, sorteos, concursos, fiestas promocionales o consumo incontrolado, así rebajas de precios, que incluyen las ofertas que se anuncian con nombres como "barra libre", "2 x 1", "3 x 1" u otros parecidos.
3. Se prohíbe
la promoción publicidad de los establecimientos en las actividades promocionales a que se realicen dichas actividades. refiere el apartado 2 hecha por cualquier medio.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
31 de diciembre de 2011 En vigor BOE-A-2012-546 Leer Qué cambió
31 de octubre de 2009 BOE-A-2009-18178 Leer Qué cambió
23 de mayo de 1991 BOE-A-1991-14237 Leer Qué cambió
27 de agosto de 1985 Texto original Leer

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