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Legislación › Ley 4/1985, de 27 de junio, Reguladora del Justicia de Aragón.

Disposición adicional segunda. Actos conmemorativos y habilitación reglamentaria.

Disposición adicional segunda. Actos conmemorativos y habilitación reglamentaria.

1. Las Cortes de Aragón, el Gobierno de Aragón y la Institución del Justicia de Aragón organizarán, de forma coordinada, actos institucionales, académicos y de divulgación que destaquen la importancia histórica, institucional y jurídica del Justicia y fomenten el conocimiento, aplicación y respeto del Ordenamiento Jurídico aragonés.

2. El Gobierno de Aragón podrá dictar las disposiciones necesarias para el desarrollo y ejecución de lo previsto en el apartado anterior, en el marco de sus competencias en materia de cultura, educación y patrimonio histórico.

Se añade por el art. único.2 de la Ley 4/2025, de 16 de octubre. BOE-A-2025-23424

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