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Legislación › Ley 46/1985, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1986.

Disposición adicional vigésima novena.

Disposición adicional vigésima novena.

La cuantía de 3 millones de pesetas que figuran en la disposición adicional sexta de la Ley 9/1983, de 13 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para 1983, para la adquisición de unidades centrales de proceso de equipos y sistemas de informática, se eleva a 10 millones.

El Gobierno podrá modificar este límite cuando así lo aconsejen las circunstancias.

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