Legislación › Real Decreto 334/1985, de 6 de marzo, de ordenación de la Educación Especial.
Disposición adicional cuarta.
Disposición adicional cuarta.
A efectos de que todo el profesorado de Educación General Básica tenga conocimiento de las necesidades educativas específicas de los disminuidos e inadaptados, las autoridades educativas adoptarán las medidas oportunas para que en la formación básica y perfeccionamiento de aquél se incorporen los estudios necesarios sobre Educación Especial.
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