Legislación › Ley 6/1984, de 5 de junio, del Valedor del Pueblo de Galicia.
Artículo 10.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 3 de agosto de 1984 y la del 2 de agosto de 1994.
Tachado: lo que se quitó (47 palabras). Subrayado: lo que se añadió (165 palabras).
Volver al texto en vigor
Artículo 10.
1. El personal al servicio del Valedor del Pueblo se considerará personal al servicio del Parlamento mientras permanezca en el ejercicio de sus funciones. Dependerá orgánica, funcional y disciplinariamente del Valedor del Pueblo y se regirá por las normas de régimen interior previstas en la disposición adicional y, con carácter supletorio, por el Estatuto de Personal del Parlamento de Galicia.
2. La plantilla será aprobada por la Mesa del Parlamento, a propuesta del Valedor del Pueblo. Dentro de dicha plantilla, el Valedor podrá designar libremente a los asesores necesarios para el ejercicio de sus funciones dentro de y con sujeción a los límites presupuestarios. El personal restante habrá de reunir la condición previa de funcionario de cualquiera de las Administraciones públicas y podrá ser adscrito a su
2. Las personas que se encuentren al servicio del Valedor del Pueblo, se considerarán personas al servicio del Parlamento mientras permanezcan en el ejerciciofunción. oficina por libre designación o por concurso público según la relación de puestos de trabajo.
3. Los funcionarios provenientes de las Administraciones Públicas, públicas gallegas, parlamentaria, local y de la Comunidad Autónoma, adscritos a la oficina Oficina del Valedor del Pueblo, tendrán derecho a ser declarados en la reserva situación administrativa de plaza y destino ocupados con anterioridad y al cómputo, a todos servicios especiales en su Administración de origen, salvo los efectos, del tiempo transcurrido que se incorporen por concurso público, que pasarán a la situación prevista en esa situación. el artículo 54 de la Ley de la Función Pública de Galicia.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 4 de abril de 2023 En vigor | BOE-A-2023-18339 | Leer | Qué cambió |
| 6 de marzo de 2016 | BOE-A-2016-3190 | Leer | Qué cambió |
| 3 de septiembre de 2015 | BOE-A-2012-11417 | Leer | Qué cambió |
| 2 de agosto de 1994 | BOE-A-1994-22809 | Leer | Qué cambió |
| 3 de agosto de 1984 | Texto original | Leer |


