Legislación › Ley 2/1986, de 19 de abril, del juego y apuestas, de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Artículo 14.
Artículo 14.
(Derogado).
Se deroga, con efectos de 1 de enero de 2013, por la disposición derogatoria 2.c) de la Ley 7/2013, de 23 de diciembre. BOE-A-2014-592
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de enero de 2014 En vigor | BOE-A-2014-592 | Leer | Qué cambió |
| 15 de mayo de 1986 | Texto original | Leer |


