Legislación › Orden de 30 de diciembre de 1985 por la que se regula el Vuelo sin motor.
Art. 12. Súbditos extranjeros.
Art. 12. Súbditos extranjeros.
(Derogado)
Se deroga por la disposición derogatoria única de la Orden de 14 de julio de 1995. BOE-A-1995-17862.
Se deroga por la disposición derogatoria de la Orden de 30 de noviembre de 1990. BOE-A-1990-30526.
Téngase en cuenta que la Sentencia de la AN de 26 de noviembre de 1993 anula esta Orden, disponiéndose su cumplimiento por Resolución de 6 de junio de 1995. BOE-A-1995-16224.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 25 de julio de 1995 En vigor | BOE-A-1995-17862 | Leer | Qué cambió |
| 19 de diciembre de 1990 | BOE-A-1990-30526 | Leer | Qué cambió |
| 25 de enero de 1986 | Texto original | Leer |


