Legislación › Orden de 30 de diciembre de 1985 por la que se regula el Vuelo sin motor.
Art. 12. Súbditos extranjeros.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 19 de diciembre de 1990 y la del 25 de julio de 1995. El texto es el mismo. Volver al texto en vigor
Art. 12. Súbditos extranjeros.
(Derogado)
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 25 de julio de 1995 En vigor | BOE-A-1995-17862 | Leer | Qué cambió |
| 19 de diciembre de 1990 | BOE-A-1990-30526 | Leer | Qué cambió |
| 25 de enero de 1986 | Texto original | Leer |


