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Legislación › Orden de 30 de diciembre de 1985 por la que se regula el Vuelo sin motor.

Art. 25. Sanciones.

Art. 25. Sanciones.

Todas las infracciones cometidas contra esta Reglamentación por los Alumnos-Pilotos o Pilotos de planeador podrán ser objeto de expediente sancionador con arreglo a lo previsto en la Ley de Navegación Aérea.

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