Legislación › Ley 1/1986, de 10 de abril, de la Función Pública de la Comunidad de Madrid.
Artículo 35.
Artículo 35.
Son Cuerpos de Administración Especial del Grupo B los siguientes:
1. El Cuerpo de Diplomados de Salud Pública, en el que se distinguen las siguientes Escalas:
a) Salud Pública.
b) Emergencia Sanitaria.
2. El Cuerpo de Ingenieros y Arquitectos Técnicos en el que se distinguen las siguientes Escalas:
a) Ingeniería Técnica.
b) Arquitectura Técnica.
3. El Cuerpo de Técnicos y Diplomados Especialistas, en el que se distinguen las siguientes Escalas:
a) Ayudantes de Archivos Bibliotecas y Museos.
b) Asistentes Sociales.
c) Docente.
d) Seguridad y Salud en el Trabajo.
e) Gestión de Empleo.
4. El Cuerpo de Subinspectores de Hacienda de la Comunidad de Madrid.
5. El Cuerpo de Técnicos Medioambientales.
6. El Cuerpo de Subinspección Sanitaria.
Se añade el apartado 6 por el art. 13.2 de la Ley 13/2002, de 20 de diciembre. BOE-A-2003-4507.
Se modifica el apartado 3 por el art. 10.2 de la Ley 18/2000, de 27 de diciembre. BOE-A-2001-5584.
Se modifica el apartado 1 por el art. 2.2 de la Ley 4/2000, de 8 de mayo. BOE-A-2000-9792.
Se modifica por el art. 8.4 de la Ley 26/1998, de 28 de diciembre. BOE-A-1999-12088.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de enero de 2003 En vigor | BOE-A-2003-4507 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2001 | BOE-A-2001-5584 | Leer | Qué cambió |
| 12 de mayo de 2000 | BOE-A-2000-9792 | Leer | Qué cambió |
| 30 de diciembre de 1998 | BOE-A-1999-12088 | Leer | Qué cambió |
| 24 de abril de 1986 | Texto original | Leer |


