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Legislación › Ley 1/1986, de 10 de abril, de la Función Pública de la Comunidad de Madrid.

Artículo 35.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 12 de mayo de 2000 y la del 1 de enero de 2001. Tachado: lo que se quitó (1 palabras). Subrayado: lo que se añadió (12 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 35.
Son Cuerpos de Administración Especial del Grupo B los siguientes:
1. El Cuerpo de Diplomados de Salud Pública, en el que se distinguen las siguientes Escalas:
a) Salud Pública.
b) Emergencia Sanitaria.
2. El Cuerpo de Ingenieros y Arquitectos Técnicos en el que se distinguen las siguientes Escalas:
a) Ingeniería Técnica.
b) Arquitectura Técnica.
3. El Cuerpo de Técnicos y Diplomados Especialistas, en el que se distinguen las siguientes Escalas:
a) Ayudantes de Archivos, Archivos Bibliotecas y Museos.
b) Asistentes Sociales.
c) Docente.
d) Seguridad y Salud en el Trabajo.
e) Gestión de Empleo.

4. El Cuerpo de Subinspectores de Hacienda de la Comunidad de Madrid.
5. El Cuerpo de Técnicos Medioambientales.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de enero de 2003 En vigor BOE-A-2003-4507 Leer Qué cambió
1 de enero de 2001 BOE-A-2001-5584 Leer Qué cambió
12 de mayo de 2000 BOE-A-2000-9792 Leer Qué cambió
30 de diciembre de 1998 BOE-A-1999-12088 Leer Qué cambió
24 de abril de 1986 Texto original Leer

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