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Legislación › Ley 1/1986, de 10 de abril, de la Función Pública de la Comunidad de Madrid.

Artículo 36.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 24 de abril de 1986 y la del 30 de diciembre de 1998. Tachado: lo que se quitó (10 palabras). Subrayado: lo que se añadió (24 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 36.
1. Es Cuerpo Son Cuerpos de Administración Especial del grupo C, el Grupo C los siguientes:
1. El
Cuerpo de Técnicos Auxiliares de Administración Especial, en el que se distinguen las siguientes Escalas:
a) Delineantes.
b) Auxiliares de Archivos, Bibliotecas y Museos.
c) Agentes forestales.
d) Docente.
2. Es El Cuerpo de Técnicos Auxiliares Medioambientales.
3. El Cuerpo de
Administración Especial del grupo D, Grupo D el Cuerpo de Guardas, en el cual se distinguen distingue la Escala de Guardas Forestales.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
12 de mayo de 2000 En vigor BOE-A-2000-9792 Leer Qué cambió
30 de diciembre de 1998 BOE-A-1999-12088 Leer Qué cambió
24 de abril de 1986 Texto original Leer

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