LexTotal

Legislación › Ley 5/1986, de 28 de julio, del Impuesto Especial de la Comunidad Autónoma de Canarias sobre combustibles derivados del petróleo.

Artículo 1. Naturaleza del impuesto.

Artículo 1. Naturaleza del impuesto.

El impuesto sobre combustibles derivados del petróleo es un tributo de naturaleza indirecta que recae sobre consumos específicos y grava, en fase única y de acuerdo con la presente Ley, las entregas mayoristas de los citados combustibles, cuyo consumo se realice en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Se modifica por el art. 1.2 de la Ley 8/1992, de 4 de diciembre. BOE-A-1993-381

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
12 de diciembre de 1992 En vigor BOE-A-1993-381 Leer Qué cambió
21 de agosto de 1986 Texto original Leer

Índice Artículo 2 →