Legislación › Ley 5/1986, de 7 de julio, del Centro de Estudios de la Administración Pública Regional de Cantabria.
Artículo 10. Retribuciones.
Artículo 10. Retribuciones.
Las retribuciones del personal docente en sus diversas modalidades serán establecidas por acuerdo del Consejo Rector.
Se modifica por la disposición adicional 5.5 de la Ley 5/1991, de 27 de marzo. BOE-A-1991-10360
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 27 de marzo de 1991 En vigor | BOE-A-1991-10360 | Leer | Qué cambió |
| 26 de julio de 1986 | Texto original | Leer |


