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Legislación › Ley 5/1986, de 7 de julio, del Centro de Estudios de la Administración Pública Regional de Cantabria.

Artículo 9. Administración.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 26 de julio de 1986 y la del 27 de marzo de 1991. Tachado: lo que se quitó (12 palabras). Subrayado: lo que se añadió (23 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 9. Administración.
1. El Centro dependerá funcionalmente del Consejero de la Dirección Regional Presidencia.
2. El personal necesario en el Centro será determinado en las relaciones
de puestos de trabajo de la Función Pública, quien destinará al mismo el personal necesario. Consejería de Presidencia.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
27 de marzo de 1991 En vigor BOE-A-1991-10360 Leer Qué cambió
26 de julio de 1986 Texto original Leer

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