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Legislación › Orden de 15 de septiembre de 1986 por la que se aprueba el Reglamento de organización y funcionamiento interno del Consejo Social de la Universidad de Oviedo.

Art. 16.

Art. 16.

Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado anterior, el presidente podrá incluir, con caracter extraordinario por razones de maxima urgencia, asuntos no inicialmente previstos en el Orden del dia de un Pleno ordinario, siempre que se respete el plazo de notificacion previa de veinticuatro horas a que se refiere el último inciso del artículo 17.

Se modifica por la Orden de 18 de febrero de 1998. BOE-A-1988-4485

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
24 de febrero de 1988 En vigor BOE-A-1988-4485 Leer Qué cambió
20 de septiembre de 1986 Texto original Leer

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