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Legislación › Real Decreto 2020/1986, de 22 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de Funcionamiento de la Comisión Liquidadora de Entidades Aseguradoras.

Artículo 43.

Artículo 43.

El Consorcio de Compensación de Seguros podrá efectuar subvenciones a cuenta que tendrán como límite el importe de la recaudación anual del recargo del 5 por 1.000 en el último ejercido finalizado.

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