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Legislación › Ley 12/1985, de 30 de octubre, del Consejo Valenciano de Cultura.

Artículo 20.

Artículo 20.

El Pleno del Consejo Valenciano de Cultura, elegirá a propuesta del Presidente, de entre los miembros de la Institución, al Vicepresidente y al Secretario, quienes ejercerán las funciones propias del cargo.

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