Legislación › Ley 12/1985, de 30 de octubre, del Consejo Valenciano de Cultura.
Artículo 20.
Artículo 20.
El Pleno del Consejo Valenciano de Cultura, elegirá a propuesta del Presidente, de entre los miembros de la Institución, al Vicepresidente y al Secretario, quienes ejercerán las funciones propias del cargo.


