Legislación › Ley 11/1986, de 20 de marzo, de Patentes.
Artículo 133
Artículo 133
1. Quien ejercite o vaya a ejercitar una acción de las previstas en la presente Ley, podrá solicitar del órgano judicial que haya de entender de aquélla la adopción de las medidas cautelares tendentes a asegurar la efectividad de dichas acciones, siempre que justifique la explotación de la patente objeto de la acción en los términos del artículo 83 de la presente Ley o que ha iniciado unos preparativos serios y efectivos a tales efectos.
Se deroga el apartado 2 por la disposición derogatoria única.2.14 y se modifica el artículo por la disposición final 5.2 de la Ley 1/2000, de 7 de enero. BOE-A-2000-323
Se modifica el apartado 1 por el art. 122.3 de la Ley 66/1997, de 30 de diciembre. BOE-A-1997-28053
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 8 de enero de 2001 En vigor | BOE-A-2000-323 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 1998 | BOE-A-1997-28053 | Leer | Qué cambió |
| 26 de junio de 1986 | Texto original | Leer |


