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Legislación › Ley 11/1986, de 20 de marzo, de Patentes.

Artículo 136

Artículo 136

1. (Derogado)

2. (Derogado)

3. No procederá la adopción de medidas cautelares cuando resultare que el demandado está amparado por un derecho fundado en una utilización anterior según el artículo 54.

Se derogan los apartados 1 y 2 por la disposición derogatoria única.2.14 de la Ley 1/2000, de 7 de enero. BOE-A-2000-323

 

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
8 de enero de 2001 En vigor BOE-A-2000-323 Leer Qué cambió
26 de junio de 1986 Texto original Leer

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