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Legislación › Ley Foral 16/1986, de 17 de noviembre, reguladora de las elecciones al Parlamento de Navarra.

Art. 37.

Art. 37.

La Junta Electoral Provincial de Navarra, por conducto de su Presidencia, remitirá al Parlamento la lista de los parlamentarios forales proclamados electos y expedirá a cada uno de ellos la credencial correspondiente.

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