Legislación › Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres.
Artículo 88.
Artículo 88.
(Suprimido)
Se suprime por el art. 1.48 de la Ley 9/2013, de 4 de julio. BOE-A-2013-7320.
Téngase en cuenta para las autorizaciones especiales ya otorgadas la disposición transitoria 1.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 25 de julio de 2013 En vigor | BOE-A-2013-7320 | Leer | Qué cambió |
| 1 de agosto de 1987 | Texto original | Leer |


