Legislación › Ley 34/1987, de 26 de diciembre, de potestad sancionadora de la Administración Pública en materia de juegos de suerte, envite o azar.
Disposición adicional primera.
Disposición adicional primera.
La distribución de competencias establecidas en la presente Ley para imponer las sanciones a que la misma se refiere podrá modificarse por Real Decreta dictado a propuesta del Ministro del Interior.


