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Legislación › Ley 34/1987, de 26 de diciembre, de potestad sancionadora de la Administración Pública en materia de juegos de suerte, envite o azar.

Disposición adicional primera.

Disposición adicional primera.

La distribución de competencias establecidas en la presente Ley para imponer las sanciones a que la misma se refiere podrá modificarse por Real Decreta dictado a propuesta del Ministro del Interior.

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