LexTotal

Legislación › Ley 8/1986, de 19 de diciembre, de Bibliotecas de Aragón.

Art. 15.

Art. 15.

Los edificios o terrenos en que vayan a instalarse bibliotecas de titularidad autonómica podrán ser expropiados de acuerdo con la legislación vigente.

← Art 14 Índice Art 16 →