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Legislación › Real Decreto 1338/1988, de 28 de octubre, por el que se aprueba la Reglamentación Técnico-Sanitaria para la Elaboración y Venta de Horchata de Chufa.

Art. 7. Normas microbiológicas.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 24 de octubre de 1991 y la del 26 de febrero de 2010. Tachado: lo que se quitó (185 palabras). Subrayado: lo que se añadió (2 palabras). Volver al texto en vigor

Art. 7.º 7. Normas microbiológicas.
7.1 Horchata natural y horchata de chufa condensada congelada.
Recuento total de colonias aerobias mesófilas (30 ± 1º C): Max. 7 × 10 5 col/ml.
Enterobacteriaceae totales: Max. 8 × 103 col/ml.
Escherichia coli: Ausencia/ml.
Salmonella-Shigella: Ausencia/25 ml.
Clostridium sulfito reductores: Max. 1 × 102 col/ml.
Staphylococcus aureus enterotoxigénico: Ausencia/ml.
(Biotipos coagulasa, DNsa y fosfatasa positivos.)
7.2 Horchata pasterizada y horchata natural pasterizada.
Recuento total de colonias aerobias mesófilas (30 ± 1º C): Max. 2,5 × 105 col/ml.
Resto de microorganismos como en la horchata natural.
7.3 Horchata esterilizada y UHT.–Después de catorce días de incubación a (30 ± 1º C) o siete días a (55 ± 1º C) el número de colonias no superará las 100 por ml.
7.4 Horchata de chufa condensada pasterizada.
Recuento total de colonias aerobias mesófilas (30 ± 1º C): Max. 2,5 × 105 col/ml.
Otros gérmenes patógenos: Ausencia.
Resto de microorganismos como en la horchata natural.
7.5 Horchata de chufa concentrada y horchata de chufa en polvo.–Una vez diluida o reconstituida según el «modo de empleo», sus características microbiológicas serán las mismas que las de la horchata natural.
(Derogado)

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
26 de febrero de 2010 En vigor BOE-A-2010-3032 Leer Qué cambió
24 de octubre de 1991 BOE-A-1991-24374 Leer Qué cambió
30 de noviembre de 1988 Texto original Leer

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