Legislación › Ley 10/1989, de 10 de julio, del Patronato de la Montaña de Montserrat.
Artículo 13. Composición del Pleno.
Artículo 13. Composición del Pleno.
El Pleno estará formado por el Presidente, el Vicepresidente o Vicepresidentes y los siguientes vocales:
a) Los consejeros de los departamentos competentes en las materias de turismo, cultura, territorio, seguridad y medio natural.
b) Los Alcaldes de los municipios de El Bruc, Collbató, Monistrol de Montserrat y Marganell.
c) Los Presidentes de los Consejos Comarcales de Anoia, Bages y Baix Llobregat.
d) Los Presidentes de las Diputaciones de Barcelona, Girona, Lleida y Tarragona.
e) El Delegado del Gobierno en Cataluña, de acuerdo con lo establecido por el Real Decreto 2837/1982 de 15 de octubre.
f) Tres personas nombradas por el Padre Abad del Monasterio de Santa María de Montserrat.
g) El Presidente de la Comisión Ejecutiva.
Se modifica la letra a) por el art. 91 de la Ley 11/2011, de 29 de diciembre. BOE-A-2012-548.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 31 de diciembre de 2011 En vigor | BOE-A-2012-548 | Leer | Qué cambió |
| 13 de julio de 1989 | Texto original | Leer |


