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Legislación › Ley 11/1989, de 10 de julio, de Creación del Instituto Catalán de la Mujer.

Artículo 1.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 13 de julio de 1989 y la del 16 de julio de 2005. Tachado: lo que se quitó (4 palabras). Subrayado: lo que se añadió (4 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 1.
1.1 Se crea el Instituto Catalán de la Mujer, las Mujeres, que tiene naturaleza de Organismo Autónomo de carácter administrativo de la Generalidad, con personalidad jurídica, patrimonio propio y plena capacidad de obrar para el cumplimiento de sus fines.
1.2 El Instituto Catalán de la Mujer las Mujeres se regirá por la presente Ley, las normas que la desarrollen y la legislación general sobre Entidades autónomas que le sea de aplicación.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de enero de 2022 En vigor BOE-A-2022-953 Leer Qué cambió
12 de agosto de 2015 BOE-A-2015-9676 Leer Qué cambió
16 de julio de 2005 BOE-A-2005-14081 Leer Qué cambió
13 de julio de 1989 Texto original Leer

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