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Legislación › Ley Foral 10/1988, de 29 de diciembre, de Saneamiento de las Aguas Residuales de Navarra.

Artículo 22.

Artículo 22.

El Gobierno de Navarra establecerá los medios de fiscalización precisos, para asegurar que los fondos asignados a las diversas Entidades se utilicen para cumplir las finalidades previstas.

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