Legislación › Ley Foral 10/1988, de 29 de diciembre, de Saneamiento de las Aguas Residuales de Navarra.
Artículo 22.
Artículo 22.
El Gobierno de Navarra establecerá los medios de fiscalización precisos, para asegurar que los fondos asignados a las diversas Entidades se utilicen para cumplir las finalidades previstas.


