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Legislación › Ley 4/1989, de 3 de abril, de creación del Colegio de Protésicos Dentales de Cataluña.

Disposición transitoria segunda.

Disposición transitoria segunda.

La Asamblea constituyente deberá:

a) Ratificar a los gestores, o bien nombrar a los nuevos, y aprobar, en su caso, su gestión.

b) Aprobar los estatutos definitivos del Colegio.

c) Elegir a las personas que ocuparán los cargos correspondientes en los órganos colegiales.

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