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Legislación › Ley 5/1990, de 7 de junio, de Estadística de la Comunidad Valenciana.

Artículo 11.

Artículo 11.

La aprobación de los resultados de las actividades estadísticas realizadas en ejecución del Plan Valenciano de Estadística se hará de acuerdo con lo dispuesto en el mismo.

Se modifica por el art. 50 de la Ley 9/2011, de 26 de diciembre. BOE-A-2012-1253

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de enero de 2012 En vigor BOE-A-2012-1253 Leer Qué cambió
19 de junio de 1990 Texto original Leer

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