Legislación › Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra.
Artículo 168.
Artículo 168.
(Sin contenido).
Se deja sin contenido por el art. 1 de la Ley Foral 1/2007, de 14 de febrero. BOE-A-2007-5446
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 12 de febrero de 2007 En vigor | BOE-A-2007-5446 | Leer | Qué cambió |
| 1 de octubre de 1990 | Texto original | Leer |


