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Legislación › Ley 15/1990, de 9 de julio, de Ordenación Sanitaria.

Artículo 24. Estructura.

Artículo 24. Estructura.

La Región Sanitaria se estructurará en los siguientes órganos:

1.1 De dirección y gestión:

a) El Consejo de Dirección.

b) El Gerente.

c) Los órganos u organismos y los servicios y las unidades que se aprueben por acuerdo del Consejo de Dirección del Servicio Catalán de la Salud.

Se modifica el apartado 1.1.c) por el art. 109.5 de la Ley 5/2020, de 29 de abril. BOE-A-2020-5569

Se deroga el apartado 1.2 por el art. 160.3 de la Ley 2/2014, de 27 de enero. BOE-A-2014-2999.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de mayo de 2020 En vigor BOE-A-2020-5569 Leer Qué cambió
31 de enero de 2014 BOE-A-2014-2999 Leer Qué cambió
19 de agosto de 1990 Texto original Leer

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