Legislación › Real Decreto Legislativo 1175/1990, de 28 de septiembre, por el que se aprueban las tarifas y la instrucción del Impuesto sobre Actividades Económicas.
Grupo 031. Maestros y Directores de música.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 22 de octubre de 1990 y la del 1 de enero de 1996.
Tachado: lo que se quitó (4 palabras). Subrayado: lo que se añadió (12 palabras).
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Agrupación 03. Actividades relacionadas con la música.
Grupo 031. Maestros y Directores de música.
Cuota de: 28.000 28.980 pesetas. (174,17 euros)
Grupo 032. Intérpretes de instrumentos musicales.
Cuota de: 21.000 21.735 pesetas. (130,63 euros)
Grupo 033. Cantantes.
Cuota de: 26.000 26.910 pesetas. (161,73 euros)
Grupo 039. Otras actividades relacionadas con la música, n.c.o.p.
Cuota de: 16.000 16.560 pesetas. (99,53 euros)
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de enero de 2023 En vigor | BOE-A-2022-22128 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 1996 | BOE-A-1995-27964 | Leer | Qué cambió |
| 22 de octubre de 1990 | Texto original | Leer |


