Legislación › Ley 2/1990, de 26 de abril, de Salud Escolar.
Disposición transitoria segunda.
Disposición transitoria segunda.
Las Consejerías de Sanidad y Consumo y de Educación y Cultura, por medio de sus servicios centrales y periféricos, adoptarán las medidas que permitan la mayor difusión y conocimiento de esta Ley.
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