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Legislación › Ley 31/1990, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1991.

Artículo 97. Biblioteca Nacional.

Artículo 97. Biblioteca Nacional.

(Derogado).

Se deroga por la disposición derogatoria única de la Ley 1/2015, de 24 de marzo. BOE-A-2015-3178.

Redactado conforme a la corrección de errores publicada en BOE núm. 39, de 14 de febrero de 1991. BOE-A-1991-3884.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
26 de marzo de 2015 En vigor BOE-A-2015-3178 Leer Qué cambió
1 de enero de 1991 Texto original Leer

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